2.3 Devoluciones

Las devoluciones practicadas por Hacienda Tributaria de Navarra en el año 2018 han ascendido a un importe de 1.624.305,5 miles de euros lo que supone un considerable incremento del 27,3%, respecto a los 1.276.510,2 miles de euros devueltos en el año 2017.

En el cuadro que se señala, se muestran las devoluciones por figuras tributarias.

Cuadro nº 13. Recaudación tributaria devoluciones. Detalle por figuras tributarias

 

  • Las devoluciones por gestión directa de IVA con 1.190.529,3 miles de euros, presentan un incremento considerable del 36,1% manteniendo su importancia relativa y suponiendo el 73,3% del total de devoluciones efectuadas. Este incremento se debe principalmente al compromiso adquirido y materializado, de reducir el plazo medio de devolución de las cuotas negativas de IVA, pero también al favorable comportamiento de las exportaciones.
  • Las devoluciones de la cuota diferencial IRPF corresponden principalmente a la campaña de la Renta de 2017 y a los anticipos a las pensiones de viudedad. En total, han ascendido a 195.661,1 miles de euros y representan el 12,1% del total con un leve incremento interanual del 0,5%.
  • En cuanto al Impuesto de Sociedades la cuota diferencial corresponde básicamente a las cuotas negativas de la campaña. Es preciso destacar que a lo largo de 2018 se han devuelto dos campañas del impuesto. En enero se han devuelto las cuotas de la campaña de Impuesto de Sociedades de 2016, y entre noviembre y diciembre las correspondientes a la campaña de 2017. Esto ha sido posible daba la buena situación de la tesorería. Por tanto, las devoluciones por este tributo han ascendido a 166.196,9 miles de €, suponiendo un 10,2% del total de las devoluciones del año, y un incremento del 79,8% respecto a las del año anterior.
  • Los pagos al Estado por la liquidación de los ajustes fiscales por impuestos indirectos suman un importe de 47.436,7 miles de euros y se han reducido un importante 40,2% respecto al año anterior. El principal motivo de este descenso es el nuevo método acordado para la liquidación de los ajustes fiscales en el quinquenio 2015-2019, tal y como se explica en el apartado “5.1 Convenio Económico” de esta memoria.